Factura electrónica: una factura rechazada no existe y su plazo de pago no corre
Desde el 1 de septiembre de 2026, toda empresa debe saber recibir facturas electrónicas. Una columna del JDN recuerda qué cambia para los recordatorios de pago.
Según el Journal du Net (12 de octubre de 2026), todas las empresas sujetas a IVA deben poder recibir facturas electrónicas desde el 1 de septiembre de 2026, y las pymes también deberán emitirlas a partir del 1 de septiembre de 2027. El autor, consultor informático, considera falsa la frase más oída entre directivos («mi software ya envía PDF»): un PDF solo no es una factura electrónica en el sentido de la reforma.
El punto que toca directamente los recordatorios: una factura rechazada por la plataforma del cliente por un SIREN erróneo o un dato ausente «no existe», y su plazo de pago no corre. Recomienda preguntar al proveedor quién recibe el aviso de un rechazo y cómo se reenvía la factura. Las facturas de proveedores ya no llegan por correo sino a la plataforma, y alguien debe cotejarlas con los pedidos.
Para AppH
- En una agencia que factura domiciliaciones, el asistente puede señalar un expediente de cliente al que le falta el SIREN o la dirección de facturación, antes de que la factura sea rechazada.
- Un humano controla: AppH no se inscribe en ninguna plataforma ni emite facturas; la agencia valida cada recordatorio que sale.
En contra / el límite honesto
- AppH no es una plataforma autorizada y no sustituye a su software de facturación: ayuda a preparar y a dar seguimiento, nada más.
- La fuente es una columna de opinión de un consultor, no una medición oficial; el calendario y las multas que cita deben comprobarse con la administración.
Con la factura electrónica, un dato de cliente ausente bloquea el pago antes incluso del recordatorio. Mejor detectarlo en recepción que al reclamar.
Revisado por un humano de AppH