Desde el 27 de junio de 2026, una sexta condición se suma al agrément de domiciliataire: justificar una formación LCB-FT
El artículo L123-11-3 del Código de comercio francés fija las condiciones para obtener el agrément prefectoral sin el cual ninguna sociedad de domiciliación puede operar. En su versión vigente desde el 27 de junio de 2026 (ley n.º 2026-534 del 25 de junio de 2026), una sexta condición se añade a las cinco ya conocidas por las redes: justificar haber seguido una formación en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (LCB-FT). Para un dirigente de red, ya no es una línea de sentido común en un manual interno: es una pieza del expediente de agrément.
El texto plantea primero el principio: nadie puede ejercer la actividad de domiciliación sin haber obtenido previamente el agrément de la autoridad administrativa, antes de su inmatriculación en el registro mercantil. Después enumera las condiciones acumulativas — locales con una sala que garantice confidencialidad y permita las reuniones de los órganos de dirección y la conservación de documentos; ser propietario o titular de un contrato de arrendamiento comercial de esos locales; no haber sido condenado en firme por una larga lista de infracciones (blanqueo, corrupción, falsificación, asociación ilícita...); no haber sufrido un retiro de agrément de domiciliación en los últimos cinco años; no haber sido declarado en quiebra personal. La sexta condición, nueva en esta versión, añade la obligación de justificar una formación LCB-FT «según modalidades fijadas por decreto» — decreto cuyas modalidades precisas aún no se han publicado.
El Pack Accueil de AppH no imparte esta formación ni verifica su autenticidad o validez: eso sigue siendo responsabilidad del dirigente de la red y, en su caso, del organismo formador. Lo que una red de seis a cincuenta agencias sí gana al organizar es el seguimiento: qué persona habilitada en qué agencia ha seguido la formación, en qué fecha, con qué plazo de renovación por vigilar antes del próximo control o de la próxima solicitud de agrément. El asistente puede llevar ese cuadro agencia por agencia y enviar un recordatorio antes del vencimiento; en ningún momento juzga si la red cumple, solo mantiene la lista.
A favor de AppH
- Un dirigente que gestiona varias agencias ve de un vistazo el estado de cada una en esta nueva condición, en lugar de buscarla dispersa en expedientes de papel o en hojas de cálculo distintas.
- El recordatorio de vencimiento sigue a la agencia, no a la memoria de una sola persona: un cambio de responsable local no borra el rastro de la formación ya realizada.
En contra / el límite honesto
- AppH no imparte la formación LCB-FT, no expide ningún certificado y no verifica la autenticidad de un justificante: esos actos no son ni del asistente ni del Pack Accueil.
- AppH nunca se pronuncia sobre el cumplimiento LCB-FT de la red ni sobre su elegibilidad para el agrément: esa valoración sigue siendo enteramente del dirigente y, en última instancia, de la autoridad administrativa.
La ley del 25 de junio de 2026 añade una pieza más a un expediente de agrément ya largo, y el decreto de aplicación todavía no se ha publicado. Nuestro papel no es anticipar ese decreto ni pronunciarnos sobre el cumplimiento de una red: es evitar que un plazo de formación se pierda entre dos agencias porque vivía solo en la cabeza de una persona. El día del control, mejor un cuadro actualizado que un expediente por reconstruir.
Revisado por un humano de AppH